El vino sin alcohol ya es un hecho, una histórica decisión histórica del INV

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El Instituto Nacional de Vitivinicultura dio un paso que puede ser considerado histórico: a través de una resolución, aprobó la desalcoholización del vino, es decir, que las bodegas podrán producir a partir de ahora vino sin alcohol, que será aquel que tenga 0,5% de contenido alcohólico, o parcialmente desalcoholizado. También avanzó sobre la producción de los vinos ligeros.

La resolución 5/2024 firmada por Carlos Tizio se basa en normas internacionales ya aprobadas por las instituciones de la industria, como la Organizaciones Internacional de la Viña y el Vino, y toma como antecedente lo aprobado por el propio INV en diciembre de 2018 que daba luz verde a la práctica enológica de desalcoholización parcial del vino.

La norma establece en primer lugar que el INV será la entidad que autorice los equipos que se podrán utilizar para este proceso de desalcoholización. Además, el ente de control fijará la disminución máxima del grado alcohólico y la merma de cada uno.

También incorpora a la ley General de Vinos los productos que se han obtenido por la desalcoholización parcial “que presenta una disminución del contenido alcohólico del vino por desalcoholización superior al veinte por ciento volumen (20 % vol.), siempre que su contenido alcohólico volumétrico final sea igual o superior a cero coma cinco por ciento volumen (0,5 % vol.)“.

En esa misma ley de vinos incorpora lo que es el vino sin alcohol: se trata de un “producto obtenido por desalcoholización del vino que presenta un contenido alcohólico menor a cero coma cinco por ciento volumen (0,5 % vol.)“.

Hay que tener en cuenta que, en la resolución 14/23, el INV autorizó los grados alcohólicos para las bodegas que oscilan entre el 11% y el 14%.

Otra modificación: vinos livianos

A su vez, Tizio también avanzó en otra modificación en una época en la que el consumo de vino ha caído. Se trata de la regulación del vino liviano o de cosecha temprana.

La resolución 6/24 define este tipo de vino liviano o de cosecha temprana como aquellos productos “cuyo contenido alcohólico esté comprendido entre cinco por ciento volumen sobre volumen (5 % v/v) de alcohol real y menos de once coma cinco por ciento volumen sobre volumen (11,5 % v/v) de alcohol total“.

También agrega la resolución que estos vinos “podrán ser carbonicados hasta un contenido de una atmósfera (1 atm.) de presión en botellas a veinte grados centígrados (20°C) en el momento del expendio, debiendo quedar convenientemente aclarado en el marbete respectivo“.

E indica que la relación uva/vino en la elaboración para este tipo de vinos no podrá ser inferior a ciento treinta kilogramos por cada cien litros (130 kg/100 I.).

El INV ordenó que los vinos livianos deberán permanecer separados del resto existente en el establecimiento y en caso de corte con otros vinos, perderá tal categoría.

Consumo en baja

Los cambios que da el órgano que regula a la industria vitivinícola se producen en una marcada caída en el consumo que se observa desde hace años, frente a otros productos alcohólicos como la cerveza.

En su informe anual, el INV destacó que el consumo cayó un 6,3% en el periodo que va desde diciembre de 2022 a diciembre de 2023.

El consumo per cápita durante el año pasado llegó a 16,67 litros, cuando en 2005 era de 29,2 litros.

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